Search
Close this search box.

SHCP y CNSF autorizan ampliar plazo de pago de primas de afectados por OTIS

Por: Luis Adrián Vázquez Moreno @pea_lavm

Derivado de los daños ocasionados por el huracán OTIS, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) autorizaron ampliar el plazo  de pago de primas para los asegurados en Guerrero, medida que busca beneficiar a contratantes y beneficiarios que enfrenten dificultades económicas debido a dicha contingencia. Se aclara que esto no representará un costo financiero adicional para los asegurados.

El comunicado, emitido de manera conjunta, indica que la CNSF permitirá que las instituciones de seguros modifiquen, a través de endosos generales transitorios, los productos que actualmente tienen registrados ante la Comisión, con el propósito de ampliar el plazo para el pago de primas, beneficiando con esto a asegurados que en el estado de Guerrero enfrenten alguna situación económica adversa derivado de la coyuntura actual.

Para tener mayor precisión en los casos en los que aplicará dicha medida, los entes reguladores señalan lo siguiente:

1.       Tendrá efecto en pólizas que se encuentren vigentes con domicilio pactado en el estado de Guerrero; o que la cosa asegurada se encuentre en el estado de Guerrero; o que la persona asegurada sea residente en dicha entidad; o que por la naturaleza de los riesgos garantizados hubiesen sido afectados por el huracán OTIS.

2.   Que no se hubiese pagado la prima o alguna fracción de ésta en los casos de pago en parcialidades.

3.   La ampliación podrá ser por un plazo máximo de hasta 90 días naturales.

4.   La institución deberá hacerle llegar el documento al contratante o al asegurado en el que haga constar la ampliación otorgada.

5.   El vencimiento de los plazos ampliados deberá producirse dentro de la vigencia de la póliza.

6.       El beneficio de la ampliación del plazo se otorgará a aquellos clientes que definan las instituciones de acuerdo con su historial.

Califica este artículo

Calificación promedio 0 / 5. Totales 0

Se él primero en calificar este artículo