La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) reveló en un comunicado de prensa los resultados de la supervisión en materia de transparencia financiera a 10 instituciones de seguros, que comercializan el producto seguro de Automóvil Residente, finalizada en junio de este año.
Derivado de ello, el organismo detalló que las instituciones con calificaciones más altas resultaron ANA, Compañía de Seguros; Zurich, Compañía de Seguros; Seguros Ve Por Más; HDI Seguros, General de Seguros y Crabi.
En tanto, las instituciones con las calificaciones más bajas son SPT, Sociedad Mutualista de Seguros; Seguros Afirme, S.A. de C. V., Afirme Grupo Financiero; Seguros Sura, S.A. de C.V. y Seguros Atlas, S.A.
Como resultado de los esfuerzos conjuntos de las instituciones de seguros y la propia Condusef, en la mayoría de las instituciones de seguros se obtuvieron resultados positivos, que se traducen en información transparente y de calidad para el usuario al momento de contratar el producto financiero, lo cual no las exime de que los incumplimientos a la norma serán sujetos a las sanciones correspondientes.
Entre los principales incumplimientos normativos que se encontraron en los expedientes de clientes que contrataron el producto seguro de Automóvil Residente, destacan los siguientes:
Solicitud:
No indican las consecuencias de omitir el pago de la prima.
No incluyen el número de registro del RECAS.
No incluyen la declaración del agente sobre los riesgos de la contratación del seguro.
Carátula de póliza:
No contiene la leyenda de registro ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
No cuenta con datos de la Condusef.
No incluye número de Registro RECAS.
Condiciones generales:
No indican la rescisión del contrato por omisión e inexactas declaraciones.
No incluyen la terminación anticipada por parte del usuario.
No contienen anexo de disposiciones legales.
No especifican el procedimiento que deben seguir los usuarios en el caso de indemnización por pérdida total, respecto a la obligación de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
No se hace la aclaración que, en caso de aplicar el salvamento, si el monto de los daños por este concepto rebasa la cantidad de 227,400.00 pesos, se le retendrá un 20 por ciento por concepto de ISR.
Página web:
No señala la descripción y alcances del Buró.
No indica la información que de ellas conste en el Buró de Entidades Financieras.
No contiene la publicación y contenido del manual de conducta de los ajustadores de seguros.