A partir de octubre de 2018, la normatividad respecto a la seguridad y la salud de los trabajadores en México se ha ampliado, pues se ha reconocido la existencia de riesgos laborales de tipo psicosocial que generan conflictos o padecimientos de estrés cuyo origen se encuentra en las formas y procesos de trabajo.
Por ello, la seguridad e higiene del trabajo pasa de observar simples condiciones laborales (iluminación, niveles de ruido, etcétera) a observar procesos dentro de la empresa.
Al hablar de procesos, se involucra a individuos cuya jerarquía puede generar estrés y padecimientos en ciertas condiciones, cuando las exigencias y cargas superan las capacidades, competencias y habilidades de los trabajadores.
Los riesgos psicosociales son producto de las deficiencias en el diseño, la organización y la gestión del trabajo, así como de un contexto social escaso, y pueden producir resultados psicológicos, físicos y sociales negativos, como el estrés laboral, el agotamiento o la depresión. Algunos ejemplos de condiciones de trabajo que entrañan riesgos psicosociales son:
- Cargas de trabajo excesivas.
- Exigencias contradictorias y falta de claridad de las funciones del puesto.
- Falta de participación en la toma de decisiones que afectan al trabajador y falta de influencia en el modo en que se lleva a cabo el trabajo.
- Gestión deficiente de los cambios organizativos e inseguridad en el empleo.
- Comunicación ineficaz, falta de apoyo por parte de la dirección o los compañeros.
- Acoso psicológico y sexual o violencia ejercida por terceros.
Los accidentes, como las enfermedades, pueden prevenirse actuando sobre las tareas, puestos e individuos. La NOM-035, derivada de la Reglamentación sobre Seguridad e Higiene, la Ley Federal del Trabajo y la Organización Mundial de la Salud, asume que es posible identificar, evaluar y controlar los riesgos psicosociales, tal como ocurre con otras condiciones dañinas de trabajo.
Esta norma establece la obligación de crear un entorno organizacional favorable y libre de violencia; e indica cómo evitar o reducir las interacciones laborales (contenido del trabajo, tareas y grupo laboral) que generan estrés.
Los riesgos psicosociales y el estrés laboral se encuentran entre los problemas que más dificultades plantean en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo. Afectan de manera notable a la salud de las personas, de las organizaciones y de las economías nacionales. Según estudios realizados en países del primer mundo, la mitad de los trabajadores considera que el estrés es un elemento común en el ámbito del trabajo. Este factor anómalo contribuye a generar cerca de la mitad de las jornadas laborales perdidas.
Son riesgos psicosociales derivados de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, del ciclo sueño-vigilia y de adaptación, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.
Esto implica la planificación de tareas, rutas adecuadas de comunicación, condiciones dignas de empleo y reconocimiento a los logros del trabajador.
Los trabajadores sienten estrés cuando las exigencias de su trabajo son mayores que su capacidad para hacerles frente. Además de los problemas de salud mental que se originan en un ambiente como éste, los trabajadores sometidos a periodos prolongados de estrés pueden desarrollar problemas graves de salud física, como enfermedades cardiovasculares o problemas musculoesqueléticos.
Para la organización, los efectos negativos del estrés se traducen en un rendimiento deficiente, aumento del ausentismo, “presentismo” (trabajadores que acuden a trabajar cuando están enfermos pero son incapaces de rendir con eficacia) y unos índices mayores de accidentes y lesiones.
De acuerdo con la norma mencionada, las empresas deberán:
- a) Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que incluya:
- la prevención de los factores de riesgo psicosocial
- la prevención de la violencia laboral
- la promoción de un entorno organizacional favorable.
- b) Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
- c) Adoptar las medidas pertinentes para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
- d) Identificar a los trabajadores que fueron víctimas de acontecimientos traumáticos severos durante su jornada de trabajo y canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada o al médico del centro de trabajo o de la empresa.
- e) Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral o a los factores de riesgo psicosocial cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
Para mayor información sobre la implementación de esta norma, pueden consultarla en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018
La prevención de riesgos a la seguridad laboral y bienestar de los trabajadores, satisfacción y productividad.