En 2020, la pandemia de COVID-19 obligó a que las empresas adoptaran modelos de trabajo remoto para tratar de mantener su operación y fuentes de trabajo, modalidad que evolucionó hasta convertirse en lo que se conoce como work from anywhere (trabajo desde cualquier parte), tendencia que desde la perspectiva de la empresa EY requiere ser gestionada con una perspectiva integral que incluya el análisis de aspectos fiscales, legales, migratorios, laborales, de nómina, protección de datos y de seguridad social.
Es una realidad que la mayoría de las empresas abordó el trabajo a distancia en una especie de acto de fe cuyo resultado trajo a lo largo de la emergencia sanitaria infinidad de sorpresas en cuanto a eficiencia y productividad que, en muchos casos, sobrepasan los resultados que se venían generando de manera presencial, aunado a los beneficios en cuanto a calidad de vida de los colaboradores.
Es así como el trabajar desde cualquier parte se convirtió en una práctica que llegó para quedarse y que requiere de regularse de manera adecuada, situación por la que la consultora sugiere algunas acciones para que las empresas se preparen para afrontar las implicaciones del work from anywhere desde un enfoque integral.
En tal sentido, las organizaciones están enfrentando dos escenarios comunes: colaboradores varados en lugares fuera de su país de residencia fiscal y colaboradores que se trasladaron, dentro del mismo país, a ciudades donde podrían estar con sus familiares. En ambos casos, ni las empresas ni los trabajadores han considerado los riesgos fiscales y laborales a los que podrían estar expuestos.
En lo que respecta a los impuestos individuales o personales, cada vez es más común que los colaboradores que trabajan y reciben un sueldo en un país determinado, se encuentren viviendo en otra jurisdicción. En este sentido, los convenios internacionales y las leyes deberán evolucionar en varios ámbitos —incluido el fiscal— a fin de gravar justamente a los trabajadores.
Esto último ha motivado que algunos países comiencen a definir reglas aplicables a estos supuestos, sobre todo considerando la facilidad para laborar desde cualquier lugar gracias al uso de la tecnología. Se estima que esta tendencia alcanzará cada vez a más países, subraya EY.
Por otra parte, para aquellas personas que se encuentren trabajando en otro país o desde cualquier estado de la República Mexicana, deberán analizar aspectos laborales y de seguridad social. La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla la prestación de servicios de un trabajador contratado en México y su prestación de servicios en el extranjero.
En lo que respecta a la seguridad social, uno de los mayores retos que deben prever las empresas es cómo afrontar sus obligaciones patronales en caso de que un empleado decida laborar desde otro país y sufra algún tipo de percance, enfermedad o accidente en el extranjero.
En síntesis, ante esta nueva era del trabajo a distancia, las organizaciones deben atender los aspectos clave de cumplimiento desde la perspectiva fiscal, laboral, migratoria y de seguridad social, para adaptarse de la mejor manera al work from anywhere.